domingo, 23 de junio de 2024

Resumen GPC: Diagnóstico y tratamiento de conjuntivitis en el primer nivel de atención

La conjuntivitis puede ser clasificada como infecciosa y no infecciosa, y como aguda, crónica o recurrente. 

Tipos no infecciosos son alérgicos, mecánicos, irritativos, tóxicos, de origen inmune y neoplásica. 

Los tipos de conjuntivitis que son más comunes y que hay que detectar para realizar tratamiento específico son: 

1. Alérgicas
2. Mecanica/irritativa/toxica
3. Viral
4. Bacteriana
5. De origen inmune
6. Neoplásica

La conjuntivitis alérgica es una enfermedad inflamatoria de la superficie ocular, con frecuencia recurrente, cuyo mecanismo fisiopatológico básico es la hipersensibilidad de tipo I.  Causa más frecuente es una alergia al polen durante la temporada de fiebre del heno. Síntomas incluyen ojos enrojecidos, prurito, aumento del lagrimeo y edema de la conjuntiva y los párpados.

Conjuntivitis alérgica + alergia nasal = Rinoconjuntivitis alérgica 

Conjuntivitis bacteriana aguda: infección de la conjuntiva, donde la superficie conjuntival bulbar y palpebral es usualmente afectada y típicamente resultan en inflamación y ojo rojo. Habitualmente es auto limitada. Es causada por Haemophilus influenzae, Streptococcus pneumoniae o Staphylococcus aureus. 


¿Por qué es necesaria la NOM-035-STPS-2018? INFOGRAFÍA



Resumen NOM-035-STPS-2018 (parte 3)

 ¿Cuál es el alcance y objetivo de  la NOM-035-STPS-2018?

El objetivo de esta Norma es establecer los elementos para identificar, analizar y prevenir los factores de riesgo psicosocial, así como para promover un entorno organizacional favorable en los centros de trabajo.

Los factores de riesgo psicosocial y los elementos del entorno organizacional favorable derivan de la naturaleza del puesto, es decir de las condiciones en las que se realizan las actividades, por lo que el análisis y la evaluación de estos elementos implica una evaluación de las condiciones en las que los trabajadores desarrollan las actividades.

La identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial, así como la evaluación del entorno organizacional, no contempla una evaluación psicológica de los trabajadores, lo que debe quedar claro, ya que, el enfoque de la Norma es totalmente preventivo, se orienta al análisis de factores que pueden representar un riesgo a la salud del trabajador como se muestra en la siguiente imagen: 


Estrés laboral: Es un tipo de estrés donde la creciente presión en el entorno laboral puede provocar la saturación física y/o mental del trabajador, generando diversas consecuencias que no sólo afectan la salud, sino también su entorno más próximo ya que genera un desequilibrio entre lo laboral y lo personal.

Burnnout: Es el agotamiento físico, emocional y mental en el que las personas pierden interés por sus tareas, tienen una autoestima menoscabada y padecen profundas depresiones.

Afectaciones por mobbing: El acoso laboral o mobbing es tanto la acción de un hostigador o varios hostigadores conducente a producir miedo, terror, desprecio o desánimo en el trabajador afectado hacia su trabajo, como el efecto o la enfermedad que produce en el trabajador.

En este sentido, conviene precisar que la NOM-035-STPS-2018, no comtempla ni establece alguna obligación para: 

  • Utilizar un instrumento para relaizar una evaluación psicológica de los trabajadores.
  • Aplicar un cuestionario para identificar trastornos mentales.
  • Evaluar el nivel de estrés de los trabajadores.
  • Conocer variables psicológicas internas del individuo tales como: actitudes, valores, personalidad, etc. 
  • Medir el estrés en los trabajadores. 

La NOM-035-STPS-2018, rige en todo el territorio nacional y aplica en todos los centros de trabajo. Sin embargo, las disposiciones de esta Norma aplican de acuerdo con el número de trabajadores que laboran en el centro de trabajo, existen tres categorías:
  • Centros de trabajo donde laboran hasta 15 trabajadores
  • Centros de trabajo donde laboran entre 16 y 50 trabajadores
  • Centros de trabajo donde laboran más de 50 trabajadores 
Por lo que para saber qué obligaciones y disposiciones tiene que cumplir cada centro de trabajo se tiene que determinar su tamaño. 

Los centros de trabajo, de acuerdo con el tamaño tienenlas obligaciones siguientes:

1 a 15 trabajadores

Establecer, implantar, mantener y difundir en el centro de trabajo una política de prevención de riesgos psicosociales que contemple:

- La prevención de los factores de riesgo psicosocial
- La prevención de la violencia laboral
- La promoción de un entorno organizacional favorable

Adoptar las medidas para prevenir los factores de riesgo psicosocial, promover el entorno organizacional favorable, así como para atender las practicas opuestas al entorno organizacional favorable y los actos de violencia laboral.

Identificar a los trabajadores que fueron sujetos a acontecimientos traumáticos severos durante o con motivo del trabajo y, canalizarlos para su atención.

Difundir y proporcionar información a los trabajadores.

16 a 50 trabajadores

Centros de trabajo donde laboran entre 16 y 50 trabajadores tienen como obligaciones:
  • Identificar y analizar los factores de riesgo psicosocial.
  • Adoptar las medidas para prevenir los factores de riesgo psicosocial, promover el entorno organizacional favorable, así como para atender las prácticas opuestas al entorno organizacional favorable y los actos de violencia laboral.
  • Adoptar las medidas y acciones de control, cuando el resultado del análisis de los factores de riesgo psicosocial así lo indique.
  • Identificar a los trabajadores que fueron sujetos a acontecimientos traumáticos severos durante o con motivo del trabajo y, canalizarlos para su atención
  • Practicar exámenes médicos y evaluaciones psicológicas a los trabajadores expuestos a violencia laboral y/o a los factores de riesgo psicosocial, cuando existan signos o síntomas que denoten alguna alteración a su salud.
  • Difundir y proporcionar información a los trabajadores.
  • Llevar los registros de: los resultados de la identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial; de las evaluaciones del entorno organizacional; de las medidas de control adoptadas, y de los trabajadores a los que se les practicó exámenes médicos.
  • Establecer, implantar, mantener y difundir en el centro de trabajo una política de prevención de riesgos psicosociales que contemple: la prevención de la violencia laboral, y la promoción de un entorno organizacional favorable.

+50 trabajadores 

Centros de trabakjo donde laboran más de 50 trabajadores tienen como obligaciones: 
  • Establecer, implantar, mantener y difundir en el centro de trabajo una política de prevención de riesgos psicosociales que contemple: la prevención de la violencia laboral, y la promoción de un entorno organizacional favorable.
  • Identificar y analizar los facotres de riesgo psicosocial.
  • Evaluar el entorno organizacional.
  • Adoptar las medidas para prevenir los factores de riesgo psicosocial, promover el entorno organizacional favorable, así como para atender las prácticas opuestas al entorno organizacional favorable y los actos de violencia laboral.
  • Adoptar las medidas y acciones de control, cuando el resultado del análisis de los factores de riesgo psicosocial así lo indique.
  • Identificar a los trabajadores que fueron sujetos a acontecimientos traumáticos severos durante o con motivo del trabajo y, canalizarlos para su atención.
  • Practicar exámenes médicos y evaluaciones psicológicas a los trabajadores expuestos a violencia laboral y/o a los factores de riesgo psicosocial, cuando existan signos o síntomas que denoten alguna alteración a su salud.
  • Difundir y proporcionar información a los trabajadores.
  • Llevar los registros de: los resultados de la identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial; de las evaluaciones del entorno organizacional; de las medidas de control adoptadas, y de los trabajadores a los que se les practicó exámenes médicos.


Resumen NOM-035-STPS-2018 (parte 2)

 ¿Comó se agrupan los factores de riesgo psicosocial?

El 28 de abril del 2016, en el marco del Día Mundial de la Seguridad y Salud en el Trabajo, la OIT publicó el documento titulado "Estrés en el trabajo: un reto colectivo" en el cual se establece una forma de agrupar a los factores de riesgo psicosocial en dos categorías:


Contenido del trabajo

  • Medio ambiente de trabajo y equipo de trabajo: problemas relacionados con la fiabilidad, disponibilidad, adecuación y mantenimiento o reparación del equipo y las instalaciones.
  • Diseño de las tareas: Falta de variedad y ciclos de trabajo cortos, trabajo fragmentado o carente de significado, infrautilización de las capacidades, incertidumbre elevada.
  • Carga de trabajo/ritmo de trabajo: Exceso o defecto de carga de trabajo, falta de control sobre el ritmo, niveles elevados de presión en relación con el tiempo.
  • Horario de trabajo: Trabajo en turnos, horarios inflexibles, horarios impredecibles, horarios largos o que no permiten tener vida social.

Contexto del trabajo

  • Función y cultura organizativas: Comunicación pobre, bajos niveles de apoyo para la resolución de problemas y el desarrollo personal, falta de definición de objetivos organizativos. 
  • Función en la organización: Ambigüedad y conflicto de funciones, responsabilidad por otras personas.
  • Desarrollo profesional: Estancamiento profesional e inseguridad, promoción excesiva o insuficiente, salario bajo, inseguridad laboral, escaso valor social del trabajo.
  • Autonomía de toma de desiciones: Baja participación en la toma de decisiones, falta de control sobre el trabajo (el control, particularmente, en forma de participación, es asimismo una cuestión organizativa y contextual más amplia). 
  • Interfaz casa-trabajo: Exigencias en conflicto entre el trabajo y el hogar, escaso apoyo en el hogar, problemas profesionales duales.

Es importante mencionar que, en esta publicacion de la OIT, se señala expresamente que el estres ha sido mal definido como un factor de riesgo psicosocial ya que se trata de una de sus consecuencia. Es por ello que en la NOM-035-STPS-2018, el estrés no está considerado como un factor de riesgo, es mas, no contiene ninguna disposición u obligación patronal sobre la medición del estres de los trabajadores, tampoco contiene algun instrumento para ello, en razon de que la Norma se orienta a prevenir las causas que pueden convertirse en un factor de riesgo.

¿Qúe es un entorno organizacional favorable?

Un entorno organizacional favorable es aquel que promueve: el sentido de pertenencia, la formación para la adecuada realización de las tareas encomendadas, la definición precisa de responsabilidades, la participación proactiva y comunicación, la distribución adecuada de cargas de trabajo, con jornadas de trabajo regulares conforme a la Ley Federal del Trabajo, y la evaluación y el reconocimiento del desempeño.

Resumen NOM-035-STPS-2018 (parte 1)

 ¿Qué son los factores de riesgo psicosocial en el trabajo?

Áquellos que pueden provocar trastornos de ansiedad no órganicos del ciclo sueño-vigilia y de estrés grave y de adapatación, derivado de la naturaleza de las funciones del puesto de trabajo, el tipo de jornada de trabajo y la exposición a acontecimientos traumáticos severos o actos de violencia laboral al trabajador, por el trabajo desarrollado. 

En la norma se complementa la definición de factores de riesgo psicosicial con lo señalado eb el último párrafo del artículo 43, del Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo, el cual determina que: 

"Son aspectos a considerar dentro de los Factores de Riesgo Psicosocial que derivan de la naturaleza de las funciones del puesto de trabajo: las Condiciones Peligrosas inherentes al mismo; cuando se realiza bajo condiciones inseguras; que demanda alta responsabilidad, o requiere de una intensa concentración y atención por periodos prolongados" 

Los factores de riesgo psicosocial que se establecen en la norma comprenden: 

  1. Las condiciones peligrosas e inseguras en el ambiente de trabajo
  2. El liderazgo negativo y las relaciones negativas en el trabajo 
  3. Interferencia en la relación trabajo-familia
  4. las jornadas de trabajo superiores a las previstas en la Ley Federal del Trabjo, rotación de turnos que incluyan turno nocturno sin periodos de recuperación y descanso.
  5. La falta de control sobre el trabajo (incapacidad d einfluir en la organización y desarrollo del trabajo, cuando el proceso si lo permite)
  6. Las cargas de trabajo cuando excedan la capacidad de respuesta del trabajador 

De la propia definición sobre factores psicosociales, contenida en la Norma, se determina que los factores que ésta comprenderá, únicamente, son aquellos que están relacionados directamente con el trabajo, d emodo que los factores de origen externo no están considerados en esta Norma.

La OIT y la OMS (1984) señalaron que, si bien existen diferentes factores de riesgo psicosocial, los factores que pueden ser potencialmente negativos respecto a la salud son: la mala utilización de habilidades, la sobrecarga de trabajo, la falta de control, el conflicto de autoridad, la desigualdad en el salario, la falta de seguridad en el trabajo, los problemas en las relaciones laborales, el trabajo por turnos y el peligro físico.

Posteriormente, la OIT, en el 2013, en la publicación denominada "La Prevención del estrés en el trabajo, puntos de control: Las mejoras prácticas para la prevención del estrés en el lugar de trabajo", determinó como factores de riesgo psicosocial (denominados estresores laborales en esa obra) que como mínimo deben atenderse, a los siguientes:
  • El liderazgo y justicia en el trabajo
  • Las exigencias del trabajo
  • El control del trabajo
  • El apoyo social
  • El ambiente físico
  • El equilibrio entre vida y trabajo y tiempo de trabajo
  • El reconocimiento en el trabajo
  • La protección contra la conducta ofensiva
  • La seguridad del empleo
  • La información y comunicación